viernes, 7 de junio de 2013

Constitución y democracia

Constitución y democracia.
¿Conjunción o Separación?
El constitucionalismo vincula las ideas de derecho y democracia, la primera expresa la adopción de un sistema que contenga una lista de derechos incondicionales e inviolables que perduren en el tiempo y la segunda, aparece adoptando un sistema de autogobierno que se basa en la toma de decisiones realizada conforme a los resultados de una votación mayoritaria, que tiene su eje en la elección periódica de las autoridades. Ambos ideales, el de la democracia y el de los derechos; se encuentran en una fuerte tensión.
El conflicto entre estas ideas surge porque ambas apelan a principios opuestos[1]. Mientras que para los demócratas, no debe existir una autoridad superior al actuar colectivo y no reconoce los límites; para los constitucionalistas es clave resistir la presión de grupos mayoritarios poniendo límites infranqueables  a través de un sistema político firme.
El demócrata Thomas Paine expresa que el “derecho de los que están vivos” está por encima de “la autoridad de los muertos”; es decir que cada generación tiene el mismo derecho que las generaciones precedentes de elegir las leyes que pertenecerán al ordenamiento jurídico. Thomas Jefferson al igual que Paine sostiene que nada es más importante que el autogobierno colectivo, un claro ejemplo de este pensamiento se ve reflejado en sus “Notas para el estado de Virginia”. Opuesto a esto Edmund Burke sostiene una idea conservadora, donde las tradiciones de la comunidad guardan mayor valor que las ambiciones de cualquier generación particular.  
Y es así que el caso de Ulises y las sirenas nos da entender la primacía de la constitución siempre y cuando esta última establezca las condiciones que permitan que la democracia funcione como tal; en otras palabras en este caso se nos sugiere que justamente porque nos interesa defender el autogobierno, tenemos razones para defender la primacía de la constitución, en el mismo la soga que ata a Ulises (la sociedad) representa a la constitución que pone límites “capacitadores” sobre las facultades de auto gobierno de la sociedad para evitar los riesgos de caer en tentaciones inadmisibles.                                                        
Particularmente consideramos que tanto democracia como constitución están vinculadas por diferentes razones, la primera por que la comunidad de una u otra manera está sujeta a la constitución ya que esta última es el resultado de un acuerdo democrático; así mismo la constitución delimita los poderes de los representantes que son elegidos a través del pueblo y además en ella se encuentran positivisados los derechos fundamentales que perduraran en el tiempo, sin correr el riesgo de ser modificadas en favor de los grupos mayoritarios. Además de no existir la vinculación entre ambas ideas y si el estado fuera netamente democrático las legislaciones se modificarían constantemente, provocando un conflicto generacional y social, pues las generaciones precedentes se verían obligadas a seguir las leyes que la generación actual considere que deben estar vigentes.
Para concluir es imprescindible que un estado de derecho vincule de manera armoniosa la soberanía constitucional y la democracia, para así lograr un ordenamiento jurídico que contengan leyes y normas que resuelvan los conflictos que tengan precedencia jurídica y no dejarlos a libre albedrio de la votación.



[1] GARGARELLA, Roberto. Constitución y democracia. En: Derecho Constitucional. ALBANESE, Susana y otros. Edit. Universal. Buenos Aires. 2004, p. 69 - 85

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